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27/07/2010 11:59:38 APROBADO EL NUEVO CODIGO DE CONSUMO EN CATALUNYA

El Parlament de Catalunya aprobó en el pleno del pasado 30 de junio el nuevo Código de Consumo, que en su capítulo V determina la relación de los consumidores con las máquinas automáticas. Como ya avanzamos, la ley obliga a que todas las máquinas automáticas den un comprobante (ticket) de la compra realizada. Gracias a las gestiones de la Asoaciación Catalana de Vending, esta obligación no será aplicable para las máquinas automáticas de bienes de alimentación (leer +)

21/04/2010 15:41:40 ENMIENDAS DEL SECTOR DEL VENDING EN LA LEY DE CONSUMO

Os informamos qué la Asociación Catalana de Vending ha conseguido que tres grupos políticos del arco parlamentario catalán hayan presentado enmiendas al artículo 224.2 del proyecto de ley de Consumo -lo que obliga a que las máquinas automáticas dispensen ticket-, qué se está tramitando en el Parlamento de Cataluña. Eso significa que el intenso trabajo desarrollado por nuestra Asociación durante los últimos tres meses empieza a dar sus frutos, encara qué es demasiado temprano para dar por ganada esta lucha, ya qué ahora justo empieza el trámite para aprobar estas enmiendas. Por eso la Asociación continuará trabajando para que alguna de estas enmiendas pueda ser aprobada y entre en la LLei.

A continuación, os detallamos las enmiendas presentadas y ya publicadas, qué van mucho en la línea de las propuestas realizadas por la Asociación Catalana de Vending.

- Grupo Parlamentario de los Socialistas - Ciudadanos por el Cambio, Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana de Cataluña y Grupo Parlamentario de Iniciativa por Catalunya Verds - Izquierda Unida y Alternativa

Enmienda nº. 29

De modificación: Artículo 224.2.2. Información obligatoria:

2. La máquina tiene que disponer de un sistema que permita obtener un comprobante de la transacción efectuada, de acuerdo con aquello que dispone el artículo 212.2.3, la identificación y la dirección del responsable, el precio, la descripción del bien o servicio y la fecha. Esta obligación no ocurre aplicable a las máquinas recreativas y de azar ni tampoco a las máquinas dispensadoras de bienes de alimentación.

- Grupo Parlamentario de Convergència i Unió

Enmienda nº. 27 de adición: artículo 224.2, apartado 2

Se adiciona un nuevo inciso al apartado 2 del artículo 224.2, que queda redactado de la siguiente manera:

«2. La máquina tiene que disponer de un sistema que permita obtener un comprobante de la transacción efectuada, siempre y cuando se encuentre ubicada en un emplazamiento accesible al público en general, de acuerdo con aquello que dispone el artículo 212.2.3, la identificación del responsable, el precio, la descripción del bien o servicio y la fecha. Esta obligación no se convierte en aplicable a las máquinas recreativas y de azar».



- Grupo Parlamentario del Partit Popular de Cataluña

Enmienda nº. 71 de supresión

Del apartado 2, del artículo 224.2.

La Asociación estará pendiente de la tramitación por|para la aprobación de las enmiendas y os mantendrá puntualmente informados.

28/01/2010 13:17:09 NUEVA LEY DE CONSUMO EN CATALUNYA

Se está tramitando en el parlamento de Cataluña el proyecto de la nueva Ley de Consumo, que en su articulado hace referencia específica a la relación de los consumidores con las máquinas automáticas. Concretamente, se regula la información obligatoria que tendrá que dar la máquina, y como cosa más novedosa, se determina que las máquinas tendrán que disponer obligatoriamente de un sistema que permita obtener un comprobante de la adquisición efectuada (ticket).

Esta ley, que verá la luz antes del verano, está ahora en fase de presentación de enmiendas parlamentarias por parte de los grupos políticos.

La Asociación Catalana de Vending ha tomado conciencia de la trascendencia de la entrada en vigor de esta ley para nuestro sector. La obligatoria incorporación de un sistema de comprobantes en las máquinas supondría una enorme conmoción en la actividad del vending en Cataluña. Primero desde un punto de vista técnico, ya que se tendría que adaptar todo el parque de máquinas; pero sobre todo desde una vertiente económica, ya que esta adaptación comportaría, una vez más, una gran inversión económica para las empresas operadoras en un momento económico crítico.

Por este motivo, el ACV ya ha constituido dos comisiones, una de operadores y otra de proveedores que están elaborando un informe sectorial que haga ver a la administración la inviabilidad de esta nueva normativa. Este informe se presentará en primer lugar en la Agencia Catalana de Consumo, institución que ha redactado la ley y, si ésta no es receptiva a nuestros intereses, se harán llegar nuestras inquietudes a los grupos políticos catalanes de la oposición para que presenten enmiendas a la ley dentro del parlamento.

ACV, como única entidad representativa del sector en Cataluña, luchará hasta el final para defender los intereses de las empresas del vending en Cataluña ante la administración e intentará por todos los medios que esta nueva normativa afecte lo menos posible al futuro de sus empresas.

Adjuntamos los artículos del proyecto de ley de consumo que hacen referencia al sector de las máquinas automáticas (abrir archivo)

05/10/2009 17:56:03 PROTOCOLO DE ACV PARA PREVENIR LA GRIPE A

La Asociación Catalana de Vending ha elebarado para sus socios un protocolo de recomendaciones para evitar la propagación de la Gripe A en las empresas. Cada vez son más las empresas que solicitan este tipo de protocolo a sus proveedores externos para evitar una contaminación en sus instalaciones de este nuevo tipo de gripe.

Pueden descargarse este protocolo accediendo a la sección de socios.

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